Canjes: Con Clubes sociales serán autorizados por el Consejo Asesor Regional y no deberán abarcar más de 30 visitantes por canje al año.
Los Usuarios: Pueden solicitar al Director del Centro, la expedición de una tarjeta de cortesía para una persona no domiciliada en la guarnición que esté en tránsito en la ciudad.
La Tarjeta de Cortesía: No podrá exceder en quince días calendario, ni otorgarse a una persona más de una vez al año.
Las invitaciones: Que los Usuarios formulen se sujetan a las siguientes reglas:
- El número de invitados no podrá ser superior a ocho (8). Para la práctica de un deporte este número se reduce a un máximo de tres (3) invitados.
- La invitación será válida únicamente para la fecha que se señale en el libro “Registro de Invitados”.
- En ocasiones especiales en las cuales un Usuario desee incrementar el límite autorizado de invitados, debe presentar solicitud escrita a la Dirección del Centro de Recreación.
- Los Directores de Centros de Recreación verificarán que un mismo invitado no acceda a las instalaciones y/o servicios más de 2 veces al mes, independiente del usuario que realice la invitación.
- Los invitados no pueden invitar a terceros, ni firmar vales.